Elementos de Protección Personal (contratistas)

Itagüí, 15 de abril de 2020

CIRCULAR INFORMATIVA # 5

DE:  Gerencia

Para: Empleadores y Contratistas

Asunto:  Elementos de Protección Personal (contratistas)

Reciban ustedes un cordial saludo:

Continuando con las medidas preventivas para el ingreso a ANGIOSUR a raíz de la emergencia sanitaria por el COVID-19;  nos permitimos recordarle el cumplimiento de  la normatividad vigente para el uso de los Elementos de Protección Personal  por el grupo de especialista;  de acuerdo a lo solicitado por el Ministerio de  trabajo en la circular 0017   del numeral 1.1.8 que dice, “Los empleadores y contratantes deben suministrar los Elementos de Protección Personal según las recomendaciones específicas de conformidad con los lineamientos definidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, para la prevención del contagio.”

Si bien, ANGIOSUR viene garantizando los elementos de protección al personal de enfermería y médicos especialistas; es mandatario que los empleadores y contratistas, se aseguren   que el personal a cargo porte los EPP (Elementos de Protección Personal) para el desempeño de sus activadas asistenciales.

Agradecemos su colaboración.

Cordialmente,                

Liliana Molina Salazar

Gerente

Publicaciones Similares