Elementos de Protección Personal (contratistas)
Itagüí, 15 de abril de 2020
CIRCULAR INFORMATIVA # 5
DE: Gerencia
Para: Empleadores y Contratistas
Asunto: Elementos de Protección Personal (contratistas)
Reciban ustedes un cordial saludo:
Continuando con las medidas preventivas para el ingreso a ANGIOSUR a raíz de la emergencia sanitaria por el COVID-19; nos permitimos recordarle el cumplimiento de la normatividad vigente para el uso de los Elementos de Protección Personal por el grupo de especialista; de acuerdo a lo solicitado por el Ministerio de trabajo en la circular 0017 del numeral 1.1.8 que dice, “Los empleadores y contratantes deben suministrar los Elementos de Protección Personal según las recomendaciones específicas de conformidad con los lineamientos definidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, para la prevención del contagio.”
Si bien, ANGIOSUR viene garantizando los elementos de protección al personal de enfermería y médicos especialistas; es mandatario que los empleadores y contratistas, se aseguren que el personal a cargo porte los EPP (Elementos de Protección Personal) para el desempeño de sus activadas asistenciales.
Agradecemos su colaboración.
Cordialmente,
Liliana Molina Salazar
Gerente